El mercado cambia, y con él las necesidades. Estar al día es actualmente indispensable, sobre todo en el campo digital, donde los cambios se suceden ininterrumpidamente, en tiempo real.
No es de extrañar que con cada vez mayor frecuencia las empresas se vean obligadas a presentar la documentación oficial de los concursos de adjudicación (tanto nacionales como internacionales) en formato electrónico, a través de portales específicos, sobre todo cuando se trata de grandes concursos, en los que a menudo participan las administraciones públicas. Lo cierto es que, con una frecuencia creciente, los organismos públicos, en el caso de candidaturas extranjeras, exigen traducciones juradas firmadas digitalmente, cuya validez, no nos olvidemos de este aspecto primordial, es equiparable a la de un texto firmado de manera convencional.
Sobra decir que la firma electrónica ha contribuido a simplificar los procedimientos, posibilitando de esta manera que a través de la red se efectúe un intercambio de documentos, consultas y declaraciones cuya validez legal es plena. LEY 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica – Las soluciones de firma digital permiten crear registros electrónicos con validez legal, suprimiendo la necesidad de la organización de imprimir documentación para autorizaciones de firma.
En los últimos años, la mayoría de los países de todo el mundo han adoptado legislaciones y normas que reconocen la legalidad de la firma digital (firmas electrónicas estándar), considerándola una firma vinculante.
A la firma electrónica reconocida le otorga la ley la equivalencia funcional con la firma manuscrita respecto de los datos consignados en forma electrónica.
BBLTRANSLATION, liderada por su principal exponente, Barbara Beatrice Lavitola, y como siempre con la atención puesta en las necesidades del mercado y en la aportación de soluciones pioneras que puedan dar respuestas concretas a los nuevos requisitos que continuamente surgen, es la primera agencia española de traducciones que ha ofrecido: traducciones juradas con firma digital PKCS#7/ CAdES.
La firma electrónica avanzada puede utilizarse para rubricar la mayoría de actos y contratos que se celebran. Desde el punto de vista jurídico, un documento signado con una firma electrónica avanzada tiene la misma eficacia probatoria que una escritura privada, integrando además el requisito de la forma escrita que en numerosas ocasiones prescribe la ley.
En otras palabras, se trata de un paso hacia adelante tangible, gracias al cual el destinatario de la traducción se encuentra aún más protegido que con la traducción jurada convencional, al asegurarse que:
[order style=»border-list» ][orderitem link=»»]El documento no se haya modificado después de la firma.[/orderitem][orderitem link=»»]El Certificado del firmante esté avalado por una Autoridad de Certificación (CA) acreditada como Entidad Emisora de Certificados Electrónicos.[/orderitem][orderitem link=»»]El Certificado del firmante no haya caducado.[/orderitem][orderitem link=»»]El Certificado del firmante no haya sido suspendido o revocado[/orderitem][/order]
Es muy probable que próximamente asistamos a un intenso debate sobre la traducción jurada digitalmente.
Mientras tanto BBLTRANSLATION no se detiene y continúa a exhibir la rapidez en la aportación de soluciones que desde siempre la ha distinguido en el sector de la traducción e interpretación de todos los idiomas.
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